Es necesaria una acción permanente con el fin de perfeccionar los niveles de protección existentes
Uno de los planteamientos interesantes en prevención de riesgos laborales es ir hacia un diseño de condiciones de trabajo intrínsecamente seguras, con la búsqueda de un nivel de riesgo tan bajo como sea razonablemente factible, que es lo que en inglés de expresa como ALARP, “As low as reasonably practicable”, ya que deben realizarse aquellas actividades de prevención que garanticen un mayor nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, incluidas las relacionadas con los métodos de trabajo y de producción.
La normativa actual llega a determinar que la efectividad de las medidas preventivas deberá prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador, necesidad que requiere los planteamientos indicados en el párrafo anterior.
Cuando se trata de bajar el riesgo no deben olvidarse los posibles riesgos adicionales que pudieran implicar determinadas medidas preventivas, las cuales sólo podrán adoptarse cuando la magnitud de dichos riesgos sea sustancialmente inferior a la de los que se pretende controlar y no existan alternativas más seguras.
Uno de los planteamientos interesantes en prevención de riesgos laborales es ir hacia un diseño de condiciones de trabajo intrínsecamente seguras, con la búsqueda de un nivel de riesgo tan bajo como sea razonablemente factible, que es lo que en inglés de expresa como ALARP, “As low as reasonably practicable”, ya que deben realizarse aquellas actividades de prevención que garanticen un mayor nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, incluidas las relacionadas con los métodos de trabajo y de producción.
La normativa actual llega a determinar que la efectividad de las medidas preventivas deberá prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador, necesidad que requiere los planteamientos indicados en el párrafo anterior.
Cuando se trata de bajar el riesgo no deben olvidarse los posibles riesgos adicionales que pudieran implicar determinadas medidas preventivas, las cuales sólo podrán adoptarse cuando la magnitud de dichos riesgos sea sustancialmente inferior a la de los que se pretende controlar y no existan alternativas más seguras.