¿En qué consiste?
El artículo 20 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, establece que el empresario debe analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, así como la obligación empresarial de designar, a tal fin, personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobar periódicamente su correcto funcionamiento.