Personal autónomo

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Presentación

Los profesionales de sp|activa realizan para el personal autónomo todo el conjunto de actividades que puede requerir para la prevención de riesgos laborales.

  • Análisis para la identificación y evaluación de riesgos.
  • Propuesta de las medidas de prevención / protección de carácter técnico, incidiendo en los equipos y métodos de trabajo utilizados con el objetivo de eliminar, minimizar y controlar los riesgos.
  • Planificación de las actividades preventivas, que determina de acuerdo con la valoración de riesgos obtenida en la evaluación, las prioridades de la aplicación de las medidas correctoras.
  • FORMACIÓN e información sobre los riesgos del puesto de trabajo.
  • Elaboración e implantación del Documento de medidas de emergencia.
  • RECONOCIMIENTO MÉDICO en función de los riesgos específicos de su puesto de trabajo:

Para la realización del reconocimiento médico utiliza un protocolo inicial de salud y se incluyen los protocolos médicos específicos correspondientes a la actividad de la persona autónoma, basados en la evaluación de riesgos.

El reconocimiento médico incluye:

  • Historia Clínica. Anamnesis.
  • Exploración física básica (inspección general, auscultación cardiorrespiratoria, exploración abdominal).
  • Exploración física específica por riesgo. En función del agente de riesgo laboral pueden realizarse:
    • Otorrinolaringológica
    • Dermatológica
    • Cardiorespiratoria
    • Cardiovascular
    • Abdominal
    • Musculoesquelética
    • Óculo-visual
    • Neurológica
    • Vascular
  • Exploración instrumental básica
    • Biometría peso / talla
    • Índice de masa corporal
    • Tensión arterial (TAS-TAD)
    • Control de visión (agudeza visual cerca-lejos, cromatòpsia)
    • Otoscopia
    • Electrocardiograma
  • Exploración instrumental específica por riesgo. En función del agente de riesgo laboral pueden realizarse:
    • Control de visión (estereopsis, astigmatismo)
    • Audiometría tonal liminal
    • Espirometría basal
    • Rinoscopia
  • Exploraciones analíticas:
    • Exploración Analítica: Anamnesis dirigida a determinar patologías hemáticas y bioquímicas.
    • Analítica básica
      • Sangre: Hemograma completo (recuento y fórmula) y bioquímica básica (glucosa, colesterol total, HDL colesterol, LDL colesterol, VLDL colesterol, triglicéridos, creatinina, ácido úrico, GOT, GPT   y GGT).
      • Orina: leucocitos, nitritos, hematíes, Urobilinógeno, proteínas, pH, densidad, cuerpos cetónicos, bilirrubina, glucosa y sedimento de orina.
         

El personal autónomo recibirá los resultados, una vez realizado el reconocimiento médico correspondiente, en los siguientes documentos:

  • Informe médico laboral personalizado incluyendo las recomendaciones de acuerdo con los resultados.
  • Informe de aptitud laboral.
     
¿Soy AUTÓNOMO/A, como me afecta la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?

1.- ¿Es usted trabajador autónomo y tiene trabajadores empleados? 
En este caso, es usted empresario a todos los efectos, y le son de aplicación todos los requisitos establecidos en la normativa básica y de desarrollo de Prevención de Riesgos Laborales.

2.- ¿Es usted trabajador autónomo, y no tiene trabajadores contratados, pero comparte centro de trabajo con otras entidades u organismos, o es subcontratado por otra empresa para realizar una actividad? 
En este caso, usted debe cumplir los requisitos de coordinación de actividades empresariales, que establece el artículo 24 de la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales, así como el RD 171/2004, por el que se desarrolla el citado artículo.
Para ello, deberá informar sobre los riesgos asociados a la actividad que usted desarrollará, y al mismo tiempo, debe recibir información sobre los riesgos derivados de la actividad del resto de empresas concurrentes en el centro de trabajo, o de la empresa que lo contrata.
También será necesario intercambiar la información relativa a las actuaciones a adoptar en situaciones de emergencia. En consecuencia, usted debe tener al menos una evaluación de riesgos y un documento de medidas de emergencia.

3.- ¿Es usted autónomo, no tiene trabajadores contratados, ni comparte centro de trabajo con ninguna otra empresa, ni realiza trabajos como subcontrata de otras empresas? 
En este caso, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no le afecta.

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