Reglamentación que deben cumplir los almacenamientos de productos fitosanitarios

Cuando: 25-07-2022
Categoría: Altres

Con el objetivo garantizar un alto grado de protección de la salud humana, animal y del medio ambiente

Los productos fitosanitarios son mezclas químicas que contienen una o varias sustancias activas y otros ingredientes, y cuyo objetivo es proteger los vegetales y sus productos de organismos nocivos. Dichos productos contribuyen a aumentar los rendimientos en la agricultura y ayudan a asegurar una buena calidad en los alimentos.
 
Los productos fitosanitarios también son, en general, sustancias o mezclas consideradas como peligrosas en el ámbito de aplicación del CLP [CLP es la abreviatura de la expresión inglesa «Classification, Labelling and Packaging»] y por tanto entran por su naturaleza en el campo de aplicación del RAPQ [Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos].
 
Aunque un almacenamiento de productos fitosanitarios tiene reglamentación específica en la que se recogen las condiciones de seguridad de dichos almacenamientos, como es el Real Decreto 285/2021, por el que se establecen las condiciones de almacenamiento, comercialización, importación o exportación, control oficial y autorización de ensayos con productos fitosanitarios), hay que tener en cuenta que esta misma reglamentación cita en su ámbito de aplicación que:
 
“Lo dispuesto en este real decreto se entenderá sin perjuicio del resto de normas aplicables a dichas actividades, como el Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ 0 a 10, y el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios”
 
Por tanto, cuando nos encontramos con un almacenamiento de productos fitosanitarios, deberá tenerse en cuenta que les es de aplicación el RD 656/2017 (Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos ) y, conjuntamente, las medidas específicas que establece el RD 285/2021 (Condiciones para el almacenamiento, …), recogidas en el Capítulo II dirigido a la especificación de requisitos de almacenamiento en la distribución, venta, en las empresas de tratamientos, en las explotaciones agrarias y en los usos no profesionales.
 
Legislación

  • Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.
  • Real Decreto 285/2021, de 20 de abril, por el que se establecen las condiciones de almacenamiento, comercialización, importación o exportación, control oficial y autorización de ensayos con productos fitosanitarios, y se modifica el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
  • Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.

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